Carlos López
Domingo, 22 de Marzo de 2015 Tiempo de lectura:
Cuatro tipos de pacientes los “únicos” que Conselleria ordena derivar a La Pedrera
La diputada de EUPV, Esther López, desvela el protocolo de Sanitat para que Marina Salud derive pacientes al Hospital de La Pedrera, tras solicitarlo vía pregunta parlamentaria al conseller Manuel Llombart
EUPV desveló esta semana el protocolo de derivaciones entre el Hospital de Dénia, que gestiona la empresa Marina Salud, y el Hospital de Agudos y Crónicos de La Pedrera, que mantiene su gestión al cien por cien la Generalitat. El documento ha sido facilitado por el conseller de Sanitat, Manuel Llombart a la diputada de EUPV, Esther López.
Según consta en él informe son cuatro la tipología de pacientes que deberían derivarse desde el Hospital comarcal hacia el de La Pedrera:
- Personas con un proceso agudo o descompensación de una enfermedad crónica que precisan de curas clínicas o rehabilitadoras dirigidas a recuperar el nivel de autonomía que permita su reincorporación a su vida sociolaboral/familiar previa.
- Personas con daño cerebral agudo que produce déficits múltiples (a nivel motor, funcional, cognitivo o conductual) que precisan de curas clínicas o rehabilitadoras dirigidas a recuperar suficiente nivel de autonomía que permita su reincorporación a su vida sociolaboral/familiar previa.
- Personas con un proceso nuevo o empeoramiento progresivo de una enfermedad previa que precisan de curas complejas, control clínico, y ayuda para adaptarse a su nueva situación (física, psíquica, funcional o su entorno) y en los que se espera una recuperación escasa o nula de su situación previa.
- Personas con diagnóstico de situación de enfermedad terminal que precisan de atención sanitaria y que esta no puede ser administrada en su domicilio por complejidad clínica o claudicación de familiares, entre otras.
Además, la respuesta asegura que “para facilitar las altas más precozmente y fomentar la transparencia y la confianza entre los centros” definieron una serie de procedimientos así como unos criterios de derivación/admisión generales en el Hospital de La Pedrera. Asimismo otros criterios se establecieron, sigue la exposición del conseller, para cada programa asistencial: Daño cerebral adquirido; Convalencencia; Curas Paliativas y Larga Estancia.
EUPV desveló esta semana el protocolo de derivaciones entre el Hospital de Dénia, que gestiona la empresa Marina Salud, y el Hospital de Agudos y Crónicos de La Pedrera, que mantiene su gestión al cien por cien la Generalitat. El documento ha sido facilitado por el conseller de Sanitat, Manuel Llombart a la diputada de EUPV, Esther López. Según consta en él informe son cuatro la tipología de pacientes que deberían derivarse desde el Hospital comarcal hacia el de La Pedrera:
- Personas con un proceso agudo o descompensación de una enfermedad crónica que precisan de curas clínicas o rehabilitadoras dirigidas a recuperar el nivel de autonomía que permita su reincorporación a su vida sociolaboral/familiar previa.
- Personas con daño cerebral agudo que produce déficits múltiples (a nivel motor, funcional, cognitivo o conductual) que precisan de curas clínicas o rehabilitadoras dirigidas a recuperar suficiente nivel de autonomía que permita su reincorporación a su vida sociolaboral/familiar previa.
- Personas con un proceso nuevo o empeoramiento progresivo de una enfermedad previa que precisan de curas complejas, control clínico, y ayuda para adaptarse a su nueva situación (física, psíquica, funcional o su entorno) y en los que se espera una recuperación escasa o nula de su situación previa.
- Personas con diagnóstico de situación de enfermedad terminal que precisan de atención sanitaria y que esta no puede ser administrada en su domicilio por complejidad clínica o claudicación de familiares, entre otras.
Además, la respuesta asegura que “para facilitar las altas más precozmente y fomentar la transparencia y la confianza entre los centros” definieron una serie de procedimientos así como unos criterios de derivación/admisión generales en el Hospital de La Pedrera. Asimismo otros criterios se establecieron, sigue la exposición del conseller, para cada programa asistencial: Daño cerebral adquirido; Convalencencia; Curas Paliativas y Larga Estancia.


















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