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Redacción
Viernes, 04 de Marzo de 2022 Tiempo de lectura:

Desestimado el recurso de la Subdelegación del Gobierno contra la RPT de Dénia

El Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 2 de Alicante ha dictado una sentencia desestimatoria del recurso presentado por la Subdelegación del Gobierno en Alicante contra la Relación de Puestos de Trabajo (RPT) del Ajuntament de Dénia, aprobada el 7 de julio de 2021 por la Mesa de Negociación, con el apoyo de la mayoría sindical y con el único voto en contra del SEP.
 
 
El dictamen del juzgado esgrime como jurisprudencia una sentencia anterior del Tribunal Supremo, de 20 de mayo de 2021, en la que el Alto Tribunal recuerda, contrariamente a lo que alegaba Subdelegación para exigir la anulación de la RPT, "que el documento que ha de respetar el incremento de retribuciones de los funcionarios de Administración local que establece anualmente la Ley de Presupuestos Generales del Estado, es el presupuesto municipal y no otro".
 
 
Y añade que "no cabe imputar al acuerdo aprobatorio de la RPT el no respetar el límite de incremento de retribuciones fijado en la Ley de Presupuestos Generales del Estado".
 
 
La Subdelegación del Gobierno exclusivamente dirige su impugnación frente a la RPT, no frente al presupuesto ni la plantilla presupuestaria, por lo tanto, concreta la sentencia "no es suficiente con aludir de forma genérica a que también se recurre 'cualquier partida presupuestaria aprobada o afectada por dicho acuerdo'".
 
 
El concejal de Recursos Humanos, Paco Roselló, ha insistido "en los argumentos que en su momento nos llevaron a oponernos a la petición de Subdelegación: nuestra RPT no incumple ningún criterio de masa salarial y responde a las cualidades reclamadas desde Alicante".
 
 
“No se actualizaba desde hacía 17 años y era un trabajo necesario, que ha incluido una evaluación individual de cada puesto de trabajo, lo que asegura el carácter singular que se reclama".
 
 
Contra esta sentencia desestimatoria del Contencioso Administrativo número 2 de Alicante cabe recurso de apelación en el plazo de quince días desde su notificación.
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