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Álvaro Monfort
Martes, 15 de Noviembre de 2022 Tiempo de lectura:

Dénia regula la conducción de los vehículos de movilidad personal

El Ayuntamiento de Dénia y la Policía Local han editado una sencilla guía dirigida a todas aquellas personas que recurren a ciclos y vehículos de movilidad personal VMP (bicis, patinetes eléctricos y demás) a tenor de la nueva normativa que regula el uso de este tipo de transportes. El folleto ha sido editado en valencià, castellano e inglés.

 

En la categoría de ciclos se incluyen todos aquellos vehículos de dos ruedas que requiere, únicamente, del impulso y de la fuerza muscular de la persona conductora para funcionar. Aquí entrarían las bicicletas y los patinetes convencionales. Según la nueva normativa, éstos deben llevar timbre, reflectores (luz roja detrás y blanca delante), catadióptricos naranjas homologados en la parte trasera, radios y pedales y sus conductores, portar -obligatoriamente- prendas reflectantes y casco de protección en todas las vías en el caso de los menores de 16 años y obligatorio para todas las edades en las vías interurbanas.

 

En las vías urbanas, los ciclos pueden adelantar a otros vehículos por la derecha y por la izquierda indistintamente según les sea más seguro. Incluso en los cruces con semáforos pueden adelantar a los transportes detenidos para situarse en la línea de frenado. Los carriles no segregados son sólo para los ciclistas, en cambio, los segregados y diferenciados son para todos los ciclos incluyendo sillas, triciclos de personas con movilidad reducida, patines o monopatines.

 

En las vías interurbanas con arcén transitable, los ciclos sólo pueden circular por la derecha. Si no hay arcén, deben arrimarse lo máximo posible al límite de la calzada.

 

En el caso de los vehículos VMP entran los transportes de dos ruedas impulsados por un motor eléctrico que puede alcanzar los 25 km/h (los patinetes eléctricos). En este caso, sus tripulantes deben circular con un casco o medida de protección homologados, el patinete debe tener incorporadas luces roja y blancas delanteras, no exceder la velocidad citada, transitar sin pasajeros y tener mínimo 15 años para utilizarlos. Las multas por infracciones sobre este tipo de vehículos son de 200 euros.

 

Normativa común para ambos tipos.

Las normas generales de circulación también están indicadas para los vehículos de movilidad personal. Queda prohibido circular por aceras, paseos y zonas peatonales salvo señalización vertical y horizontal previa autorización. En cambio, se produce una excepción y sí que pueden circular por la Marineta Casiana y la glorieta de Marqués de Campo.

 

Está prohibido conducir con cascos, auriculares o dispositivos móviles y la conducción bajo los efectos del alcohol y las drogas. Del mismo modo, no está permitido estacionar obstaculizando el paso de los viandantes ni atar el vehículo a árboles o mobiliario urbano. En ninguno de los dos casos, puede excederse la velocidad de los 30km/h.

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