El tiempo - Tutiempo.net

Miércoles, 05 de Noviembre de 2025

Actualizada Martes, 04 de Noviembre de 2025 a las 20:26:14 horas

Redacción
Jueves, 26 de Octubre de 2023 Tiempo de lectura:

El Ayuntamiento de Ondara ha elevado a aprobación por el pleno esta semana la modificación de varias ordenanzas fiscales municipales

La modificación abarca el impuesto de Bienes Inmuebles (IBI), el incremento de terrenos de naturaleza urbana, los vehículos, la tasa de la Escuela Infantil Municipal, el tratamiento y recogida de residuos sólidos urbanos, los precios de la piscina municipal y la expedición de documentos administrativos.

El Ayuntamiento de Ondara celebró la sesión plenaria ordinaria correspondiente al mes de octubre el jueves 26 de octubre, y en el orden del día destacó la modificación de varias ordenanzas fiscales reguladoras de tasas e impuestos municipales. La modificación que se somete a votación abarca la tasa de la Escuela Infantil Municipal, el tratamiento y recogida de residuos sólidos urbanos, los precios de la piscina municipal, la expedición de documentos administrativos, el impuesto de vehículos, el impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) y el impuesto del incremento de los terrenos de naturaleza urbana. Las razones, según explicó el Alcalde de Ondara, José Ramiro, son diversas, incluyendo la actualización de las ordenanzas a la normativa, la inclusión de epígrafes que no existían al aplicar los correspondientes pagos, y la actualización de las tasas, que es necesaria en el contexto actual debido al aumento de los precios de los materiales y servicios por el incremento del IPC, y también debido a la incorporación de mejoras en las instalaciones o servicios municipales.

 

En lo que respecta a la modificación de la ordenanza fiscal del IBI, el tipo de gravamen será del 0,74 % para Bienes Inmuebles Urbanos, del 0,85 % para Bienes Inmuebles Rústicos y del 1,30 % para Bienes Inmuebles de características especiales. Cabe destacar que el tipo impositivo actual en Bienes Inmuebles Urbanos es del 0,64 (en octubre de 2022 bajó del 0,67 al 0,64). Ahora, la aprobación de la modificación de la ordenanza fiscal del IBI supondrá un aumento del 14% en los recibos del IBI de Bienes Inmuebles Urbanos del pueblo para el año 2023 (un 9% respecto al recibo de 2022). El ajuste permitirá un aumento de los ingresos municipales de 330.000 euros en 2024. La razón del ajuste del impuesto se debe a la necesidad de cuadrar un presupuesto que permita abordar proyectos para el próximo ejercicio sin pérdida de subvenciones supramunicipales, al mismo tiempo que se ajustan al máximo todas las cuentas municipales.

 

La principal novedad de la ordenanza del IBI es que se aplicará un recargo del 50% de la cuota líquida del impuesto para aquellos bienes inmuebles de uso residencial que estén desocupados de manera permanente. Se exigirá a los sujetos pasivos de este impuesto, que sean titulares de 4 o más bienes inmuebles de uso residencial en el término municipal que estén desocupados durante un período de 2 años, y se informará el 31 de diciembre, liquidándose anualmente una vez constatada la desocupación del inmueble y que no concurre ninguna causa justificativa prevista legalmente. En el caso de bienes inmuebles de uso residencial desocupados durante un período superior a dos años, el recargo puede llegar al 100%.

 

La modificación de la Tasa del Servicio de Recogida, Tratamiento y Eliminación de Residuos Sólidos Urbanos aumentará la cuota de las viviendas residenciales a 139,8 euros (actualmente la cuota es de 112,5 euros), lo que supone un incremento del 24,3% (27,3 euros al año o 2,2 euros al mes). La razón de la actualización de la tasa se debe exclusivamente al aumento del precio del tratamiento de residuos en la planta de Campello. A pesar de que en los últimos cuatro años se ha reducido el costo de la recogida de residuos por parte de SINMA en 5,05 euros por tonelada (gestión que realiza directamente el Ayuntamiento de Ondara a través de la empresa municipal), y se ha mantenido el costo por tonelada en la planta de transferencia de Dénia, el aumento se debe al aumento del precio (más del 50%) del tratamiento de residuos en la planta de Campello.

 

Cabe señalar, sin embargo, que el aumento será asumido en parte por el propio Ayuntamiento de Ondara; ya que de los 150,79 euros de costo por vivienda, 139,8 euros serán pagados por los recibos que abonan los usuarios, y el resto será asumido por el ayuntamiento. El porcentaje del 24,3% se aplicará proporcionalmente al resto de inmuebles que están sujetos al pago de la tasa (comercios, restaurantes, industrias, oficinas, locales comerciales, farmacias, talleres, supermercados, estancos, gasolineras, cines, bares, restaurantes, hoteles, clínicas, guarderías o templos de culto, entre otros; como novedad se incorpora el epígrafe de "casinos" y "hoteles", debido a las nuevas licencias de apertura que se han concedido). Para la modificación de la ordenanza, se ha tenido en cuenta el informe técnico-económico sobre la propuesta de actualización de las Tarifas de la Tasa. La anterior modificación de la tasa se realizó hace 3 años, en octubre de 2020.

 

En la tasa de la Escuela Infantil Municipal, no se actualizan las cantidades económicas, ya que este servicio se autofinancia con las tasas actuales, pero se modifica para incluir la novedad de la incorporación este año del alumnado de 0-1 años. Es importante destacar que la Escuelita Municipal de Ondara se autofinancia a través de las cuotas que pagan las familias y los bonos infantiles autonómicos, y no hay aportación económica del propio Ayuntamiento para mantener este servicio. Según se indica en la ordenanza, los estudiantes de 2-3 años tendrán asistencia gratuita dentro de las ayudas que aporta la Generalitat Valenciana, así como la matrícula, que también es completamente gratuita (solo se realizará un pago al comienzo del curso de 20 euros en concepto de material). Los estudiantes de 1-2 años y 0-1 años pagarán 90 euros al mes en concepto de asistencia (siempre que hayan tramitado la ayuda del bono infantil), además de 20 euros en concepto de matrícula al inicio del curso, y otros 20 euros al inicio del curso en concepto de material. Es importante destacar que en los tramos de 1-2 años y 0-1 años, existe la subvención del bono infantil que debe tramitarse personalmente al inicio del curso para poder pagar solo los 90 euros mensuales de asistencia; este bono infantil complementará el pago mensual de asistencia y el resto (hasta el costo total del alumno) será asumido por el Ayuntamiento de Ondara. En caso de no tramitar la subvención del bono infantil, que se deniegue el bono, o de matricular al alumno fuera de los plazos acordados sin esta subvención, el costo mínimo de la asistencia del alumno en el centro será de 120 euros al mes y un máximo de 280 euros al mes. El servicio de comedor estará disponible durante todo el curso con un precio de 4,50 euros diarios y un máximo de 80 euros al mes, según lo establecido en la ordenanza.

 

En cuanto a los precios de la piscina municipal, experimentarán un aumento de aproximadamente un 30% en 2024 para incluir las nuevas actividades que se desarrollan en las instalaciones (nueva piscina cubierta al aire libre, nuevos cursos y actividades, dotación y apertura del gimnasio, etc.). La necesidad de actualizar las tarifas de actividades para 2024 también se debe a que no se han actualizado en 11 años (desde 2012). En este período, el costo del servicio, al igual que el costo de vida, ha aumentado, mientras que se mantuvieron los montos de las tasas, lo que provocó un aumento del déficit acumulado del servicio de la piscina, razón por la cual se optó por aumentar la tasa con el objetivo de reducir el déficit. En cuanto a los precios para 2024, la sesión de baño libre en invierno pasará de 2,50 a 3,25 euros, y se ofrecerá como novedad un bono de 10 entradas, que tendrá un precio de 25 euros. Una suscripción anual costará 135 euros (actualmente es de 101 euros). El aumento también incluirá suscripciones trimestrales, anuales, cursos y otros servicios.

 

En cuanto a la modificación de la ordenanza reguladora del impuesto sobre vehículos de tracción mecánica, es importante destacar que esta tarifa no se modificaba desde 2006. La ordenanza propone una cuota en función de la potencia y clases de vehículos (automóviles, autobuses, camiones, tractores, etc.) que es la siguiente en los automóviles: menos de 8 caballos fiscales (CVF) 16,66 euros; de 8 a 11,99 CVF 45,74 euros; de 12 a 15,99 CVF 110,79 euros; de 16 a 19,99 CVF 147,86 euros y de 20 CVF en adelante 184,80 euros. La ordenanza mantiene el descuento del 75% en función de la clase de combustible que consume el vehículo (los vehículos eléctricos, de pila de combustible o de emisiones directas nulas tendrán un descuento del 75% los cinco primeros años, y los vehículos híbridos tendrán un descuento del 75% los tres primeros años); del 75% en función de las características del motor de los vehículos y su impacto en el medio ambiente (75% para emisiones de CO2 menores de 120 gramos por kilómetro recorrido, durante los 3 primeros años); y del 50% para los vehículos históricos.

 

La tasa de expedición de documentos administrativos no se actualizaba desde 2005. Ahora se modifica para incluir todos los conceptos de documentos que se expiden y sus correspondientes precios, como por ejemplo Certificaciones, Informes Urbanísticos e Informes Técnicos 60,00 euros; Certificados de inexistencia de disciplina urbanística 30,00; Certificados para la inscripción registral de declaración de obra nueva 50,00; Certificado de Compatibilidad Urbanística 50,00; Certificados del Padrón Municipal de Habitantes / Volantes 1,00; Certificados Catastrales Telemáticos (por delegación GTC) 3,00, o Informes / Atestados de la Policía Local 75,00 euros, entre otros documentos, hasta llegar a los 22 tipos diferentes de documentos.

 

Por último, en cuanto a la ordenanza fiscal reguladora del Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana, la modificación se realiza para adaptarse a la normativa estatal. El tipo de gravamen del impuesto se fija en el 30% para cualquier período de generación. Se concederá un descuento del 75% de la cuota del impuesto en las transmisiones de terrenos, y en la transmisión o constitución de derechos reales de goce limitativos del dominio, realizadas a título oneroso por causa de muerte a favor de descendientes y adoptados, cónyuges y ascendientes y adoptantes, y también se concederá un descuento del 75% en terrenos, en los que se desarrollen actividades económicas que sean declaradas de especial interés o utilidad municipal debido a circunstancias sociales, culturales, histórico-artísticas o de fomento del empleo que justifiquen tal declaración.

Comentarios
Comentar esta noticia

Normas de participación

Esta es la opinión de los lectores, no la de este medio.

Nos reservamos el derecho a eliminar los comentarios inapropiados.

La participación implica que ha leído y acepta las Normas de Participación y Política de Privacidad

Normas de Participación

Política de privacidad

Por seguridad guardamos tu IP
216.73.216.213

Todavía no hay comentarios

Quizás también te interese...

Con tu cuenta registrada

Escribe tu correo y te enviaremos un enlace para que escribas una nueva contraseña.