La DGT cambia las normas de tráfico desde el 1 de octubre: estas son las nuevas obligaciones para conductores, ciclistas y patinetes
La reforma introduce la edad mínima de 15 años para conducir un patinete eléctrico, nuevos requisitos para motoristas y ciclistas y cambios en adelantamientos, atascos y cinturones de seguridad
El próximo 1 de octubre entrará en vigor una importante reforma del Reglamento General de Circulación que modificará las normas que deben cumplir conductores, ciclistas, motoristas y usuarios de vehículos de movilidad personal (VMP), entre ellos los patinetes eléctricos.
La modificación, aprobada mediante el Real Decreto 518/2026, incorpora nuevas obligaciones destinadas principalmente a reforzar la protección de los denominados usuarios vulnerables de la vía: peatones, ciclistas, motoristas y personas que circulan en VMP.
Patinetes eléctricos: edad mínima de 15 años y casco obligatorio
Uno de los principales cambios afecta a los vehículos de movilidad personal. Desde el 1 de octubre no podrán conducirlos los menores de 15 años.
Además, sus usuarios deberán utilizar casco de protección, mientras que durante la noche o cuando exista escasa visibilidad tendrán que llevar un elemento luminoso o reflectante que permita que sean vistos.
Los profesionales que utilicen un VMP durante su actividad laboral deberán llevar chaleco reflectante en todo momento.
La norma establece también que estos vehículos deberán circular con el alumbrado encendido. No obstante, la obligación de utilizarlo también durante el día dispone de un periodo transitorio de un año y no será exigible hasta octubre de 2027.
Cambios para los ciclistas
La reforma elimina las actuales excepciones al uso del casco en vías interurbanas, por lo que todos los ciclistas deberán llevarlo cuando circulen por carretera.
Los ciclistas profesionales deberán utilizar casco y chaleco reflectante durante el desarrollo de su actividad.
También cambian las condiciones para adelantar a una bicicleta en carretera. El conductor deberá reducir al menos 20 km/h respecto al límite máximo de la vía y mantener una distancia lateral mínima de 1,5 metros.
Cuando existan dos o más carriles por sentido, será obligatorio cambiar completamente de carril para realizar el adelantamiento.
En las vías urbanas, los ciclistas circularán preferentemente por el centro del carril y los vehículos que circulen detrás deberán mantener una distancia mínima de cinco metros.
Guantes y calzado cerrado para los motoristas
Los usuarios de motocicletas y ciclomotores también tendrán nuevas obligaciones. Será obligatorio utilizar guantes de protección en vías interurbanas y calzado cerrado que cubra todo el pie en cualquier tipo de vía. El incumplimiento tendrá la consideración de infracción grave y podrá conllevar una sanción de 200 euros.
Mientras no se apruebe la orden ministerial que determine las características técnicas de los guantes, podrán utilizarse guantes de protección como los empleados actualmente.
Otra novedad permitirá a las motocicletas circular por el arcén derecho durante los atascos, pero únicamente en los tramos expresamente señalizados y sin superar los 30 km/h.
Además, los profesionales que trabajen desplazándose en motocicleta deberán llevar chaleco reflectante.
El cinturón será obligatorio también en taxis y vehículos de reparto
La reforma elimina varias excepciones históricas al cinturón de seguridad. A partir del 1 de octubre deberán utilizarlo también los ocupantes obligados de taxis, vehículos destinados al transporte de mercancías y vehículos de autoescuela, incluso en aquellos supuestos en los que hasta ahora existían excepciones.
Un carril para las emergencias cuando haya atasco
Otra de las novedades afecta a las retenciones. Cuando los vehículos circulen a paso de peatón o estén detenidos por un atasco, deberán colocarse hacia los laterales para dejar un espacio central libre, denominado carril de emergencia, que facilite el paso de ambulancias, Policía, bomberos y otros servicios de emergencia.
También se establecen nuevas normas cuando un vehículo pase junto a otro inmovilizado por avería, accidente o labores de mantenimiento: deberá dejar 1,5 metros de separación lateral y reducir al menos 20 km/h su velocidad respecto al límite de la vía.
La mayor parte de las modificaciones entrará en vigor el jueves 1 de octubre de 2026

El próximo 1 de octubre entrará en vigor una importante reforma del Reglamento General de Circulación que modificará las normas que deben cumplir conductores, ciclistas, motoristas y usuarios de vehículos de movilidad personal (VMP), entre ellos los patinetes eléctricos.
La modificación, aprobada mediante el Real Decreto 518/2026, incorpora nuevas obligaciones destinadas principalmente a reforzar la protección de los denominados usuarios vulnerables de la vía: peatones, ciclistas, motoristas y personas que circulan en VMP.
Patinetes eléctricos: edad mínima de 15 años y casco obligatorio
Uno de los principales cambios afecta a los vehículos de movilidad personal. Desde el 1 de octubre no podrán conducirlos los menores de 15 años.
Además, sus usuarios deberán utilizar casco de protección, mientras que durante la noche o cuando exista escasa visibilidad tendrán que llevar un elemento luminoso o reflectante que permita que sean vistos.
Los profesionales que utilicen un VMP durante su actividad laboral deberán llevar chaleco reflectante en todo momento.
La norma establece también que estos vehículos deberán circular con el alumbrado encendido. No obstante, la obligación de utilizarlo también durante el día dispone de un periodo transitorio de un año y no será exigible hasta octubre de 2027.
Cambios para los ciclistas
La reforma elimina las actuales excepciones al uso del casco en vías interurbanas, por lo que todos los ciclistas deberán llevarlo cuando circulen por carretera.
Los ciclistas profesionales deberán utilizar casco y chaleco reflectante durante el desarrollo de su actividad.
También cambian las condiciones para adelantar a una bicicleta en carretera. El conductor deberá reducir al menos 20 km/h respecto al límite máximo de la vía y mantener una distancia lateral mínima de 1,5 metros.
Cuando existan dos o más carriles por sentido, será obligatorio cambiar completamente de carril para realizar el adelantamiento.
En las vías urbanas, los ciclistas circularán preferentemente por el centro del carril y los vehículos que circulen detrás deberán mantener una distancia mínima de cinco metros.
Guantes y calzado cerrado para los motoristas
Los usuarios de motocicletas y ciclomotores también tendrán nuevas obligaciones. Será obligatorio utilizar guantes de protección en vías interurbanas y calzado cerrado que cubra todo el pie en cualquier tipo de vía. El incumplimiento tendrá la consideración de infracción grave y podrá conllevar una sanción de 200 euros.
Mientras no se apruebe la orden ministerial que determine las características técnicas de los guantes, podrán utilizarse guantes de protección como los empleados actualmente.
Otra novedad permitirá a las motocicletas circular por el arcén derecho durante los atascos, pero únicamente en los tramos expresamente señalizados y sin superar los 30 km/h.
Además, los profesionales que trabajen desplazándose en motocicleta deberán llevar chaleco reflectante.
El cinturón será obligatorio también en taxis y vehículos de reparto
La reforma elimina varias excepciones históricas al cinturón de seguridad. A partir del 1 de octubre deberán utilizarlo también los ocupantes obligados de taxis, vehículos destinados al transporte de mercancías y vehículos de autoescuela, incluso en aquellos supuestos en los que hasta ahora existían excepciones.
Un carril para las emergencias cuando haya atasco
Otra de las novedades afecta a las retenciones. Cuando los vehículos circulen a paso de peatón o estén detenidos por un atasco, deberán colocarse hacia los laterales para dejar un espacio central libre, denominado carril de emergencia, que facilite el paso de ambulancias, Policía, bomberos y otros servicios de emergencia.
También se establecen nuevas normas cuando un vehículo pase junto a otro inmovilizado por avería, accidente o labores de mantenimiento: deberá dejar 1,5 metros de separación lateral y reducir al menos 20 km/h su velocidad respecto al límite de la vía.
La mayor parte de las modificaciones entrará en vigor el jueves 1 de octubre de 2026



















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