Carlos López
Lunes, 09 de Mayo de 2016 Tiempo de lectura:
El TSJ desestima la retasación de los terrenos donde está el Hospital comarcal
Con esta sentencia el tribunal ratifica el precio fijado en el expediente originaria de la expropiación de suelo para construir el hospital de Dénia en la partida de Beniadlà
La última Junta de Gobierno del Ayuntamiento conoció una sentencia del Tribunal Superior de Justicia que desestima el recurso contencioso administrativo interpuesto por los particulares propietarios de los terrenos donde está construido el actual Hospital de Dénia que solicitaban la retasación de determinadas fincas en la expropiación que realizó el Ayuntamiento.
Según informaron desde el Consistorio, los particulares ya pidieron la retasación de los terrenos en 2011, una solicitud que fue rechazada por el jurado provincial de expropiación. Ante esta decisión los propietarios presentaron el recurso contencioso administrativo ahora rechazado.
Los propietarios de los terrenos basaban su demanda argumentando que el suelo del Plan Especial de Beniadlà era urbanizable, aunque la sentencia del TSJ hace referencia a otro auto del Tribunal Supremo de 14 de noviembre de 2014, que recalca que la calificación del suelo a efectos de su valoración es la de no urbanizable.
![[Img #11127]](upload/img/periodico/img_11127.jpg)
La última Junta de Gobierno del Ayuntamiento conoció una sentencia del Tribunal Superior de Justicia que desestima el recurso contencioso administrativo interpuesto por los particulares propietarios de los terrenos donde está construido el actual Hospital de Dénia que solicitaban la retasación de determinadas fincas en la expropiación que realizó el Ayuntamiento.
Según informaron desde el Consistorio, los particulares ya pidieron la retasación de los terrenos en 2011, una solicitud que fue rechazada por el jurado provincial de expropiación. Ante esta decisión los propietarios presentaron el recurso contencioso administrativo ahora rechazado.
Los propietarios de los terrenos basaban su demanda argumentando que el suelo del Plan Especial de Beniadlà era urbanizable, aunque la sentencia del TSJ hace referencia a otro auto del Tribunal Supremo de 14 de noviembre de 2014, que recalca que la calificación del suelo a efectos de su valoración es la de no urbanizable.
Normas de participación
Esta es la opinión de los lectores, no la de este medio.
Nos reservamos el derecho a eliminar los comentarios inapropiados.
La participación implica que ha leído y acepta las Normas de Participación y Política de Privacidad
Normas de Participación
Política de privacidad
Por seguridad guardamos tu IP
216.73.216.29